Por:  Lic. Shakira M. Santiago
Moderadora de
Mascotas con calle

Es comprensible que las personas puedan enfrentar situaciones incómodas o conflictivas con los animales, pero tomar medidas extremas, como envenenarlos, no es una solución aceptable. 

La mascota de tu vecino hace sus necesidades en tu patio. Los animalitos realengos del condominio caminan por las áreas comunes. Te molesta el cantar del pajarito de tu vecina. Un grupo de personas está en contra de que alimentes animales realengos y han recogido firmas para evitar tu encomienda. El ladrido de tu perrito o el maullido de tu gatito se han hecho intolerables. 

¿Qué alternativa han escogido algunas personas? Estos escenarios son controversias reales que, aunque no lo creas, han sido objeto de discusión en un tribunal. En ocasiones, me he encontrado con la lamentable situación de que han envenenado a los animales como solución a su incomodidad, pero debes saber que el envenenamiento de animales es un delito al amparo del Art. 11 de la Ley 154 de 2008, conocida como Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales.

El referido artículo dispone que el delito de envenenamiento se configura cuando una persona utiliza cualquier tipo de veneno, aunque para ello contrate a un tercero, sin tomar las medidas necesarias y, como consecuencia, el animal sufra una lesión física. 

Este artículo hace la distinción de cuando estamos ante una plaga, la cual, es así catalogada solo por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). De modo que, determinar que los animales realengos son plaga para así justificar su exterminio, además de ser un acto cruel e inhumano, es un delito. 

Por su parte, si el animal ingiere el veneno puesto sin las debidas precauciones y esto resulta en una lesión física severa (riesgo de muerte, desfiguración, impedimento de salud o discapacidad) constituye un delito grave de cuarto grado; mientras que, si el veneno es administrado con la intención de causarle una lesión física severa al animal o su muerte estamos ante un delito grave de tercer grado. 

Cabe señalar que jamás será defensa que el animal haya penetrado en sus predios para justificar el envenenamiento. Es decir, a no ser que estemos ante una plaga, según decretado por el DRNA, no procede, en ningún caso, que se envenene a una mascota. Una mera molestia, enojo o venganza jamás justifica que se le quite la vida a un animal de una forma tan dolorosa y cruel. Para determinar el tipo de veneno que le causó la lesión física o la muerte, un médico veterinario es el llamado a realizar una necropsia a la mascota. 

En la actualidad, existen diversos mecanismos para evitar que situaciones entre vecinos escalen al punto en que se cometa un delito. No olvides que las personas coexistimos con los animales en este mundo y estos tienen igual derecho a vivir en paz y a que su presencia sea respetada.