Por Lic. Shakira M. Santiago Rodríguez
Presidenta Comisión Especial sobre los Derechos de los Animales-CAAPR
Moderadora de Mascotas con calle
La Sec. 4 del Art. II de la Constitución de Puerto Rico consagra el derecho fundamental a la libertad de expresión. A tales efectos y, en lo aquí pertinente, la Carta de Derechos protege a las personas contra cualquier actuación gubernamental o “ley… que restrinja la libertad de palabra o de prensa.”
La garantía constitucional a la libertad de palabra “abarca el ámbito general de la libertad de conciencia, de pensamiento, de expresión, y las actividades propias para ejercitar a plenitud dentro de la más dilatada libertad la totalidad de los derechos”. Muñiz V. Admor. Deporte Hípico, 156 DPR 18, 23 (2002), citando el Diario de Sesiones de la Convención Constituyente 2564 (1951). Podemos decir que, “entre las libertades individuales, la libertad de expresión es probablemente la más esencial, una vez garantizado el derecho a la vida y a la libertad física”. Asoc. de Maestros v. Srio. de Educación, 156 DPR 754, 767 (2002).
Cabe destacar que la referida sección 4 de la Constitución de Puerto Rico tiene sus orígenes en la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos. Pese a las grandes protecciones que este derecho provee, las magnas industrias dedicada a los alimentos y medicina; criadores de animales domésticos; los adeptos al cautiverio; entre otros, tildan a los defensores de los derechos de los animales como una amenaza teniendo como consecuencia el que intenten coartar nuestro derecho a expresarnos.
Varios estados en Estados Unidos han legislado leyes ag-gag; es decir, leyes de mordaza creadas para impedir que investigaciones secretas que documentan maltrato animal alcancen la palestra pública. ¿Se imaginan ser castigados por grabar imágenes o sonidos que recogen maltrato animal? En el 2013, un joven llamado Kevin Johnson fue sentenciado a tres años de cárcel por liberar 2,000 visones; animalitos utilizados por su piel para hacer de esta abrigos, carteras, bultos, entre otros.
Esto ciertamente es una desgracia que atenta contra la esencia que nutre el derecho a la libertad de expresión y no está supuesto a ocurrir en momentos en que la historia sienta las bases para mayores protecciones a favor de los animales. En Puerto Rico, los activistas se expresan mediante manifestaciones, cartas, cortometrajes, llamados por medio de las redes sociales, podcasts, escritos en el periódico o revista, entrevistas y otras formas de comunicación que permiten educar al público para que tomen conciencia de las múltiples necesidades de los animales.
De modo que existen diversas formas para que tú ejerzas tu derecho a la libertad de expresión y defiendas los intereses de los animales. Tan reciente como en el verano de 2020 cientos de personas se unieron para impedir que la iniciativa creada por el Humane Society de Estados Unidos a través del Spayathon dejara de llevarse a cabo en Puerto Rico. Como podemos observar, el poder para actuar por los animales, trabajar por un cambio a favor de los que no tienen voz, radica en todos nosotros. Tus expresiones manifestadas por medio del activismo solo requieren el deseo de ayudar a los animales y, que este deseo, esté acompañado por la acción.
Defiende los intereses de los animales ejerciendo tu derecho a la libertad de expresión.