Por Lic. Shakira M. Santiago Rodríguez
Presidenta Comisión Especial sobre los Derechos de los Animales-CAAPR
Moderadora de Mascotas con calle
¿Qué se considera un acto de crueldad animal? Es unos de los retos que continuamente nuestra sociedad lucha por definir. Para algunos resulta ser un concepto abstracto, para otros, más claro que el agua. La capacidad de sufrir es una de las características sobre la cual la Ley 154-2008, Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales, se fundamenta para determinar que matar a un animal bajo circunstancias que demuestren malicia premeditada o un grave menosprecio por la vida de este, se tipifique como un delito grave de segundo grado, según dispuesto en el artículo 7 de dicha ley.
Este es uno de los delitos que se le imputa al señor, si es que así se le puede llamar, Salil Zaveri de haber cometido en contra de un perrito que jugaba en el campo de golf del Westin Rio Mar el sábado, 8 de mayo de 2021. ¿Razón por la cual esta noticia nos ha jamaqueado hasta el tuétano de nuestros huesos? Los actos de este señor representan el lado más despreciable de un ser humano: descargar abuso contra un ser indefenso. Su vil actuación demuestra que su presencia en la libre comunidad representa una amenaza. Por esa razón, deberían imponer la pena máxima de 15 años en reclusión, sin derecho a ser considerado a una probatoria o cualquier otro método alterno a la reclusión carcelaria. Estaremos pendientes para la vista preliminar el 19 de mayo de 2021.
Foto: Policía de Puerto Rico